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dc.contributor.advisor | García Ortega, Jesús | |
dc.contributor.author | Barreiro, Maximiliano Martín | |
dc.contributor.other | Departament de Dret del Treball i de la Seguretat Social | es_ES |
dc.date.accessioned | 2015-02-16T07:45:35Z | |
dc.date.available | 2015-02-17T04:45:05Z | |
dc.date.issued | 2015 | es_ES |
dc.date.submitted | 19-02-2015 | es_ES |
dc.identifier.uri | http://hdl.handle.net/10550/41799 | |
dc.description.abstract | El tema objeto de mi tesis doctoral ha sido seleccionado por la importancia que entraña más que por su carga de originalidad, ya que como acabo de decir la doctrina es prolífera en este tema y son múltiples los trabajos que a este asunto se han dedicado. Son diversos los argumentos que denotan la importancia de mi trabajo, aunque debo acotar que más que la contratación laboral temporal causal en sí misma considerada, el verdadero objetivo de mi tesis ha sido intentar tomar como base estos contratos para poder hacer aportes capaces de remover los obstáculos que al día de hoy hacen imposible la articulación de mecanismos capaces de lograr una verdadera estabilidad laboral. Ha sido necesario, además de una dosis de originalidad, una gran carga de denuedo para llevar adelante una investigación que se enfrenta a uno de los principales obstáculos que impiden al día de hoy implementar un sistema que posibilite una estabilidad laboral real lo cual nos avoca a girar siempre sobre el mismo eje, cometiendo siempre los mismos errores y siendo absolutamente incapaces de encontrar soluciones efectivas. Por ello mi trabajo intentó ser gallardo, y valiéndose de construcciones existentes ha pretendido llevarlas más allá, dotándolas de un contenido nuevo capaz de cumplir con el principal objetivo que es lograr una estabilidad laboral real y económicamente viable. Resultado de todo lo dicho encuentro en la coordinación de algunos de los postulados expuestos la base sobre la cual construir las propuestas con las que pretendo contribuir al debate sobre el saneamiento del mercado laboral. Ha sido al analizar el trabajo que desarrollan las empresas de trabajo temporal (ETT) y su estrecha relación con el modelo de contratos temporales causales y fundamentalmente al conocer las pioneras teorías sobre la posibilidad de incardinar en estas empresas la gestión exclusiva del trabajo temporal cuando vi el potencial de este trabajo en el control del uso de estos contratos. Claro que para ello era fundamental remover el principal obstáculo que impide la articulación real de estos posicionamientos. Los periodos entre misiones y el impacto económico que genera se transforman en el principal obstáculo a remover si se pretende idear un sistema verdaderamente operativo capaz de encontrar en la coordinación de ambos modelos una alternativa. Parto de la necesidad de aportar una estabilidad laboral real y no meramente figurativa, para ello es necesario involucrar al estado y delegarle una parte de la responsabilidad. En el esquema propuesto en mi tesis la contratación laboral será, entonces, verdaderamente indefinida, ya que toda necesidad temporal que se le presente a una empresa usuaria estará indefectiblemente satisfecha a través de los servicios de una ETT, la cual a su vez tendrá la gestión exclusiva del empleo temporal, como contrapartida contratará indefinidamente a los trabajadores que serán destinados a cumplir permanentemente misiones temporales. La recapacitación permanente de los trabajadores se transforma en pieza estructural de este esquema, ya que con una debida coordinación de los tiempos entre misiones en los que el trabajador pierde productividad se podrán reconducir estos involuntarios, aunque inevitables momentos de paro, así estos momentáneos periodos bien podrían ser empleados para recapacitar al trabajador lo cual además de aumentar las habilidades de este y con ello su empleabilidad, también transformarán en rentables estos parones y así se dota de viabilidad al sistema. Propongo compartir esta responsabilidad entre la ETT y estado de forma proporcionalmente, tanto el peso del salario devengado al trabajador en esta etapa, como así también los costos que significan la formación del mismo. Esta responsabilidad compartida se argumenta en que durante toda la vida laboral del trabajador la empresa y el Estado repartan los riesgos que significa un trabajador expuesto a eventuales momentos de desocupación. Ante la circunstancia de que se produzca uno de estos episodios, la ETT se hace cargo de una parte proporcional del costo dado que indirectamente se beneficia de un trabajador que está siendo recapacitado, es decir, adquiriendo habilidades que luego le redundarán en un beneficio, . Por su parte la responsabilidad del estado se fundamenta en que pagando solo la mitad del salario mientras el trabajado se recapacita se evita tener que soportar el peso completo que significa un trabajador en paro, al cual también tendrá que recapacitar pero con cargo íntegramente a las arcas públicas. En el plano teórico lo propuesto es digno de ser debatido, el práctico requerirá más valentía ya que encarna una postura abolicionista con todo lo que ello conlleva. Mi posición ante el asunto pretendió ser arriesgada y valiente, ya que considero es el camino para lograr desenmarañar un ovillo demasiado enredado. Lo propuesto encarna un cambio profundo pero creativo y cabe recordar que hacer siempre lo mismo deriva inexorablemente en los mismos resultados. | es_ES |
dc.format.extent | 518 p. | es_ES |
dc.language.iso | es | es_ES |
dc.subject | contratación laboral temporal causal | es_ES |
dc.title | La contratación laboral temporal causal: análisis y perspectivas | es_ES |
dc.type | doctoral thesis | es_ES |
dc.subject.unesco | UNESCO::CIENCIAS JURÍDICAS Y DERECHO | es_ES |
dc.embargo.terms | 0 days | es_ES |