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On January 3, 2014, Spanish Act 12/2013, of August 2, on measures for improving the functioning of the food supply chain, came into force. This act aims to re-stabilize relationships between operators in the food sector. It forces operators (i) to fulfill specific contractual obligations like entering into written contracts and including specific obligatory contents in them and the name of the offenders. Moreover, the act provides the constitution of the Agency for Food Information and Control (Agencia de Información y Control Alimentarios), which has significant supervisory authority, such as initiating sanctioning procedures ex officio. Likewise, the act provides that the public administration must treat as confidential any information it has access to during its supervisory activities, thus also trying to encourage operators to anonymously denounce other operators' infringements. The purpose of the act is clear: re-stabilize the food sector; we will have to wait and see if the act is adequate to achieve said purpose.(particularly, the determination of the price), and (ii) to avoid several practices that the law considers abusive. The act also enables operators to voluntarily subscribe to a code of good practices in their relationships with other operators of the food supply chain. Infringement of the obligatory measures of the law can result in substantial fines and in the public administration publishing offenses committedEl pasado 3 de enero de 2014 entró en vigor la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, con el objetivo de reequilibrar las relaciones entre los distintos operadores del sector agroalimentario. Esta ley obliga a los operadores a cumplir con una serie de medidas en materia contractual, tales como formalizar los contratos por escrito e incorporar un contenido obligatorio mínimo en esos contratos (destacando la obligada determinación del precio), así como a evitar una serie de prácticas que esta ley califica de abusivas. La ley también prevé la posibilidad para los operadores de adherirse voluntariamente a un código de buenas prácticas en sus relaciones comerciales con otros operadores de la cadena. El incumplimiento de las medidas obligatorias de la ley es susceptible de ser sancionado con multas de importante cuantía así como con la publicidad de la infracción cometida y del infractor. Además, se crea la Agencia de Información y Control Alimentarios, con relevantes funciones controladoras, entre las cuales se incluye la posibilidad de iniciar de oficio el procedimiento sancionador. Se prevé asimismo la obligación de que la Administración guarde secreto sobre la información a la que tenga acceso en el marco de sus funciones controladoras y así tratar de incentivar también las denuncias anónimas por infracciones de otros operadores. El objetivo es claro: reequilibrar el sector agroalimentario; habrá que ver, con el tiempo, si las medidas que plantea la ley resultan adecuadas para conseguirlo.
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