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En la Comunidad Valenciana existe una normativa propia, que incide sobre varios de los aspectos atinentes a las crisis familiares, en particular, sobre las relaciones paterno-filiales. Se trata de la Ley 5/2011, de 1 de abril, de la Generalitat, de relaciones familiares de los hijos cuyos progenitores no conviven (en adelante, la Ley 5/2011 o la Ley), la cual se aplica respecto de hijos menores, sujetos a la autoridad parental de sus progenitores, que tengan la vecindad civil valenciana (art. 2).
La Ley 5/2011, de 1 de abril, que está pendiente de un recurso de inconstitucionalidad1, entró en vigor el 5 de mayo de 2011. Sin embargo su aplicación fue suspendida por Providencia del TC (Pleno) de 19 de julio de 2011, desde la fecha de interposición del recurso, esto es, el 4 de julio de 2011. Posteriormente, dicha suspensión fue levantada por el ATC de 22 de noviembre de 2011, por lo que la Ley se aplica actualmente ante los Tribunales de Valencia, en espera de que recaiga sentencia resolutoria del referido recurso.
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