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En el momento actual, la transmisión de una empresa familiar de padres a hijos, se presenta como un fenómeno frecuentemente analizado por parte de la doctrina civilista y mercantilista. No en balde representa un interés prioritario en los padres empresarios, tras su fallecimiento, el tratar de encontrar un modo de encauzar hacia sus hijos el negocio fundado por los primeros. Ahora bien, cualquier hijo no es el más capaz, ni el más predispuesto, ni el que reúne los mejores requisitos para ocupar el puesto de su ascendente.
Ante esta situación, el padre empresario debe plantear su sucesión de la manera más diligente con la finalidad de transmitir la titularidad de la compañía al hijo -o hijos- que le ofrezcan las mayores garantías de una continuidad real, efectiva y beneficiosa al negocio familiar. En consecuencia, el objeto de análisis se basará -desde la perspectiva del Derecho español- tanto en el modo en que el padre puede conseguir dicho propósito como en las cortapisas existentes en los mecanismos sucesorios vigentes que puedan defraudar sus expectativas en el momento de ejercitar sus opciones testamentarias.
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