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La organización de lo social, la política, la formalización de los mecanismos de toma de decisiones a través del Derecho, tienen mucho de equilibrado entramado que reposa sobre pequeñas convenciones simbólicas que, sin embargo, tienen gran importancia. Una de ellas, capital por cuanto es el origen de casi todas las demás, se refiere a la legitimidad del poder. Poder que se traduce en capacidad de imponer, prohibir, castigar... y que en la tradicional categorización weberiana de la tercera parte de Economía y Sociedad ha pasado por diversos estadios respecto de su legitimidad: histórica (piénsese en las monarquías hereditarias), carismática (caudillos militares, por ejemplo, y fenómenos similares) y finalmente una legitimidad racional que sería la propia de las democracias representativas. La legitimidad racional busca en el pacto social, en las cesiones de libertad de todos a unas instituciones comunes, ya sea en sus formas hobbesianas, ya en las más asumibles y livianas de Locke o en los postalados comunalistas con orígenes en la idea de volonté générale de Rousseau, un fundamento para el ejercicio del poder que, en última instancia, se enfrenta a la necesidad de fundar una comunidad sobre la efectiva idea de participación de la generalidad de los ciudadanos en unas condiciones que, a su vez, respondan a la idea simbólica de constituirse en formas de ejercicio del poder que se correspondan con los intereses, anhelos, voluntad, en definitiva, de los representados.
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