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El equilibrio entre las potestades de inspección de la Administración pública y los derechos fundamentales es por de nición inestable y altamente dependiente de la evolución de ciertos humores sociales y de cómo entienda la opinión pública que son las prioridades sociales del momento. La importancia de las prioridades sociales siempre ha tenido que ver con el perímetro jurídico que reconocemos a los derechos fundamentales en su posición de garantía del ciudadano frente al poder, pero es evidente que técnicas como la de la ponderación han acentuado la importancia de éstas en el análisis jurídico reciente. Además, y como es sabido, la creciente importancia que nuestras sociedades dan a la seguridad (tras atentados como los del 11S en EE.UU., 11M en España, 7J en el Reino Unido, Charlie Hebdo o el reciente intento de atentado en un TGV en Francia en 2015) se ha multiplicado recientemente tanto en Estados Unidos como en la Unión Europea, afectando a este equilibrio en permanente tensión. Una tensión que se está resolviendo, fundamentalmente, por medio de la decantación jurídica de los límites a nuestros derechos fundamentales a partir de la ponderación que permite ir ampliando las capacidades de inspección. Los ejemplos recientes son numerosos. Piénsese, por ejemplo, en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional español en materia de intervención de conversaciones telefónicas y las excepciones para presosy casos de terrorismo y crimen organizado que han justi cado límites al secreto de las comunicaciones protegido en el art. 18.3 CE, avalado por sentencias como la STC 11/2006 sobre celdas, el art. 51.5 de la Ley Orgánica General Penitenciaria (LOGP) o la STC 106/2001. O, incluso, a una escala más prosaica, la reciente Sentencia del Tribunal Supremo español de 7 de noviembre de 2012 que avala a las ordenanzas municipales que establecen la posibilidad de que la inspección administrativa revise la basura de los vecinos para comprobar que realizan bien la selección de residuos. A nivel europeo, por ejemplo, ha sido de gran importancia la enorme polémica relativa a las normas en materia de almacenamiento de datos y las consecuencias de la decisión del BVerfG de 2 de marzo de 2010 en la materia, con polémicas semejantes a nivel europeo, incluyendo las recientes conclusiones del abogado general del TJUE que estimaban no ajustada las exigencias del principio de proporcionalidad las normas europeas en materia de almacenamiento y conservación de datos, en una tesis acogida finalmente por el tribunal. En este mismo sentido, la polémica ha seguido también en Alemania con las últimas reformas de la norma en la materia, objeto de una importantísima discusión política y jurídica.
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