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La Sociología, cuando se la entiende como teoría de la sociedad, no puede evitar el problema de la racionalidad ni en el modo de acceder a su objeto, ni al diseñar los conceptos de acción que utiliza, ni sobre todo en lo que se refiere a la cuestión de en qué sentido y en qué aspectos la “modernización” de las sociedades puede entenderse como un proceso de “racionalización”, dice Habermas al principio del primero de los ocho capítulos de que consta la obra. Y ¿qué se entiende por racionalidad? Por ejemplo, a la acción con la que un agente trata de conseguir un fin la llamamos racional si es verdadero el pronóstico condicionado que su plan de acción o su regla de acción implican. Verdad es la “pretensión de validez” que el hablante al proyectar, explicar o defender su acción asocia al enunciado de ese pronóstico. Por lo menos para empezar, podemos, pues, reducir la cuestión de la racionalidad de una acción a la susceptibilidad de crítica (y a la correspondiente susceptibilidad de fundamentación) de las distintas clases de “pretensiones de validez” asociadas con la posible manifestación lingüística en que la acción se interpreta.
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