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Based on a conceptual framework that shows how different globalizations of law and
legal thought have occurred, it is shown how the understanding of Private Law has changed over
time and how the evolution of Colombian insurance law has been determined by that. Thus, the
story that this article tells us begins at the beginning of the 20th century and shows how the Liberty
of Contract and the free market determined the right of insurance; follows and addresses the second
globalization, characterized by the primacy of social interests and state interventionism, and shows
how they formed a regulated insurance market and a regulated contract in a new Commercial Code;
ends with the third globalization, which is analyzed from the constitutionalisation considered as the
phenomenon that characterizes it, and from it, contrast the constructions that the Supreme Court of
Justice of the Republic of Colombia and the Constitutional Court have done to determine the
obligations of the parties in the formation of the insurable risk state.A partir de un marco conceptual que da cuenta de cómo se han formado distintas
globalizaciones del derecho y el pensamiento jurídico, se muestra cómo el entendido sobre el Derecho
Privado ha cambiado en el tiempo y cómo esto ha determinado la evolución del derecho de seguros,
en especial del contrato de seguros, en Colombia. Así, la historia que cuenta este artículo inicia a
comienzos del siglo XX y muestra cómo la autonomía de la voluntad y el libre mercado
determinaban el derecho de seguros; sigue y aborda la segunda globalización, caracterizada por la
primacía de los intereses sociales y el intervencionismo estatal, y evidencia cómo estos formaron una
nueva versión con un mercado asegurador regulado y un contrato reglado en un nuevo Código de
Comercio; finaliza con la tercera globalización, la cual se analiza a partir de la
constitucionalización, considerado como el fenómeno que la caracteriza, y a partir de ella, contrastan
las construcciones que la Corte Suprema de Justicia de la República de Colombia y la Corte
Constitucional de la República de Colombia han hecho para determinar las obligaciones de las
partes en la formación del estado del riesgo asegurable.
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