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El procedimiento especial de impugnación de altas médicas, regulado en el art. 140 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, es una modalidad procesal de seguridad social dirigida a un control judicial del alta médica. El diseño del proceso sería aparentemente sencillo; es un proceso urgente, de tramitación preferente, que finaliza con una sentencia no susceptible de recurso de suplicación, para evitar una demora incompatible con el objeto del litigio. Pese a la simplicidad procesal, en su seno aparecen múltiples problemas interpretativos y aplicativos. En una necesaria selección, se abordarán las siguientes cuestiones:
1º) Algunos problemas en las diferentes vías de reclamación previas a la impugnación judicial del alta.
2º) El objeto del pleito, que es muy limitado.
3º) Las cuestiones relativas a la legitimación activa y pasiva, que son temas claros en la ley forense pero que provocan incoherencias.
4º) Determinados problemas con las pruebas periciales médicas
Por último, el artículo se cierra con unas pequeñas conclusiones.
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