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The so known “Fourth Directive” or European Directive 2015/849, of 20 May 2015,
on the prevention of money laundering and terrorist financing, which shall be transposed into national laws
before 27 June 2017 introduces some relevant changes with regards to the current Spanish laws, in
accordance with the purpose of the Directive to protect integrity, stability and reputation of the financial
sector and the internal market of the European Union. Amongst the referred changes, some have an
impact on the gaming sector, which is historically a concerning sector when referring to money laundering.
One of the changes affecting the gaming sector refers to the fact that the Directive involves all the
transactions between all the operators of the gaming sector –such as the betting house or the gaming arcadeand
the customers, and no longer just the ones carried out in casinos or in other establishments referring to
the payment of rewards. Likewise, the threshold of the transactions which are subject to control in matters
of prevention of money laundering by the different operators of the sector is reduced from 2.500 euros to
2.000 euros (except for casinos, where the threshold was already lower). We will have to look if the new
measures established by the Directive will in fact imply an increase of the prevention of money laundering
and terrorist financing in the gaming sector.La conocida como la “Cuarta Directiva” o la Directiva Europea 2015/849, de 20 de
mayo de 2015, para la prevención del blanqueo de capitales, que deberá ser transpuesta en normativa
nacional antes del 27 de junio de 2017, introduce algunas novedades importantes con respecto a la vigente
legislación española, en un nuevo intento de incrementar el control de operaciones sospechosas y proteger así
la integridad, estabilidad y reputación del sector financiero y del mercado interior de la Unión Europea.
Entre las novedades hay algunas con impacto en el sector del juego; sector preocupante históricamente en
materia de blanqueo de capitales. Entre las novedades que afectan al sector del juego está la de abarcar
todas las operaciones efectuadas entre los operadores del sector, como las casas de apuestas, los salones de
juego o los operadores online, y los clientes, y ya no solo las realizadas en los casinos o los demás
establecimientos de juego en lo relativo al pago de premios. Asimismo, se reduce el umbral de operaciones
que han de ser objeto de control en materia de prevención del blanqueo de capital por los diferentes
operadores del sector de 2.500 euros a 2.000 euros (salvo en caso de los casinos que de por sí ya era
inferior). Habrá que ver si las nuevas medidas que plantea la Directiva supondrán un incremento de la
prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo en el sector del juego
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