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La teoría de los Stakeholders, en su versión instrumental, propone una relación positiva entre tratar a los stakeholders de una forma justa y los resultados empresariales. Sin embargo, entendemos que la justicia no puede ser el único factor relevante para la gestión de los stakeholders, ya que no siempre generará reciprocidad, debido a que la aplicación de la misma no es de obligado cumplimiento por las partes.
Esta afirmación surge de observar situaciones en las que la empresa invierte en su relación con los stakeholders, por ejemplo, invirtiendo más recursos económicos que su competencia pero dichos actos justos no hacen que el stakeholder intercambie conocimiento valioso con la empresa.
En este sentido, entendemos que ello es debido a que si al stakeholder no le importa el bienestar de la empresa, debido a que tu destino no está ligado al suyo, no realizará actos voluntarios en favor de aquella. De este modo, en este trabajo proponemos que el compromiso afectivo, concepto ligado a la identificación con la empresa, creado a partir de una congruencia en valores complementa la reciprocidad de la justicia a través de la generación de actitudes positivas hacia la organización, y que, en consecuencia, puede favorecer la obtención de conocimiento privado procedente de los stakeholders que puede ser fuente de ventaja competitiva.
Para alcanzar esta conclusión hemos planteado cinco hipótesis en las que argumentamos la importancia de reducir los riesgos asociados a compartir el conocimiento privado, e igualmente analizaremos el incremento de la motivación por parte de los stakeholders para que compartan su conocimiento. Con relación a la reducción de los riesgos, analizaremos cómo la confianza en la organización provoca que los stakeholders acepten una posición más vulnerable frente a aquella, y para generar mayor transferencia de conocimiento estudiaremos cómo la justicia y el compromiso afectivo son capaces de incrementar la percepción de beneficios asociados a la acción de entregar conocimiento privado a la empresa.
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