Inmunidad de jurisdicción del Estado extranjero en la jurisdicción laboral - TEDH, Sentencia de 21 de noviembre de 2001
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Bou Franch, Valentín
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Hasta el 21-XI-2001 no existía en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ningún asunto en el que hubiese tenido que entrar a conocer de un posible conflicto entre el derecho fundamental reconocido en el art. 6.1 del Convenio europeo de derechos humanos (equivalente a nuestra tutela judicial efectiva) y la inmunidad de jurisdicción del Estado extranjero. En esta fecha, este tipo de conflicto jurídico emergió con gran fuerza en la jurisprudencia del TEDH, quien en el mismo día pronunció tres sentencias sobre este particular (asunto McElhinney c. Irlanda, demanda n.º 3 1.253/96; asunto Al-Adsani c. Reino Unido, demanda n.º 35.763/97; y asunto Mmy Fogarty c. Reino Unido, demanda n.º 37.112/97). En este último caso, que se estudia en este trabajo, la alegación de la inmunidad del Estado extranjero (en este supuesto, los Estados Unidos de América) frente a la jurisdicción laboral de los tribunales del Estado del foro (en este supuesto, el Reino Unido) no se refiere a los derechos laborales de una persona que había sido contratada y posteriormente despedida por una embajada extranjera, sino frente a la discriminación sexual en la contratación laboral por una embajada extranjera
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