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Ante la diversidad y pluralismo conflictual que puede suscitarse en el seno de las relaciones empresariales se hace necesario trabajar sobre dos ejes: por un lado, cómo aprender a gestionar las relaciones jurídico-empresariales existentes, y, por otro como solventar los conflictos cuando éstos ya son inevitables. En esta búsqueda de solución y gestión de los conflictos -en general, y obviamente de los empresariales en particular- son diversas las posiciones que pueden adoptarse para alcanzar estos objetivos; posiciones que van desde la actitud de negativa, de rechazo, que provoca una clara actitud de pasividad ante el conflicto suscitado, hasta la asunción de una posición activa que permite un recorrido de negociación o pacto, inter partes exclusivamente o mediante la ayuda de un tercero al que convertimos en mediador o conciliador, hasta la necesaria intervención de un tercero que, ora en sede judicial ora en sede arbitral, impone su criterio a las partes. Es precisamente en estos últimos tiempos y debido al impulso recibido desde la Unión Europea que ha venido a consagrarse la institución de la mediación, como un procedimiento extrajurisdiccional de solución de conflictos que permite no solo resolver disputas sino también aprender a gestionar relaciones que en muchos casos en el sector empresarial van a ser duraderas en el tiempo.
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