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Peiró Jiménez, Clara
Fernández Ruiz-Gálvez, Encarnación (dir.) Departament de Filosofia del Dret Moral i Politic |
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Aquest document és un/a tesi, creat/da en: 2019 | |
Esta tesis aborda el principio de indivisibilidad entre la universalidad de los derechos y los deberes del ser humano apelando a un corolario: el deber de solidaridad. Para ello se analiza el sentido de la noción de solidaridad y la doble tensión en la que se mueve el concepto a través de la dicotomía público/privado y abierto/cerrado que la caracteriza, examinándose las dos dimensiones mutuamente condicionantes que lo componen: la ético-política y la jurídica.
Ello nos permite examinar la problemática que encierra la configuración de la solidaridad como un valor jurídico, fuente de deberes también jurídicos, y ponderar la correspondencia entre dignidad, deberes y derechos. Así, primero se analiza la necesidad no sólo de tomar conciencia del carácter universal de la dignidad humana, sino también de que ésta ha de percibirse como un patrimonio compartido e irrenunciable en donde el ot...
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Esta tesis aborda el principio de indivisibilidad entre la universalidad de los derechos y los deberes del ser humano apelando a un corolario: el deber de solidaridad. Para ello se analiza el sentido de la noción de solidaridad y la doble tensión en la que se mueve el concepto a través de la dicotomía público/privado y abierto/cerrado que la caracteriza, examinándose las dos dimensiones mutuamente condicionantes que lo componen: la ético-política y la jurídica.
Ello nos permite examinar la problemática que encierra la configuración de la solidaridad como un valor jurídico, fuente de deberes también jurídicos, y ponderar la correspondencia entre dignidad, deberes y derechos. Así, primero se analiza la necesidad no sólo de tomar conciencia del carácter universal de la dignidad humana, sino también de que ésta ha de percibirse como un patrimonio compartido e irrenunciable en donde el otro se convierte en límite a nuestra propia voluntad y en condición de acceso a nuestra humanidad.
Segundo, la exigencia que supone reconocer que el Derecho sólo puede funcionar si existen deberes. Los derechos universales no funcionan porque nos falta la universalidad del deber, la apertura integral al otro, la solidaridad con el prójimo. No se puede conseguir la universalidad de los derechos si no hay una obligación incondicionada hacia el ser humano, si no hay, en definitiva, un deber universal de solidaridad.
Y tercero, se defiende que la solidaridad debe entenderse como un valor que llega a los derechos partiendo de los deberes siendo precisamente a través de una reflexión desde comportamientos solidarios de la que se puede inferir la propia existencia de deberes positivos, deberes legales de solidaridad necesarios para garantizar la satisfacción de las necesidades básicas de todos.
Se trata, básicamente, de promover una reconfiguración del sistema jurídico y político donde sea posible reconocer la existencia, la exigibilidad jurídica y la imposición coactiva de los deberes positivos y de solidaridad, cuyo fundamento y contenido sea inequívocamente moral y, a la vez, jurídico.
Para contextualizar la investigación se lleva a cabo una reflexión antropológica sobre los fundamentos y el funcionamiento de las sociedades contemporáneas globalizadas de la que se puedan derivar propuestas legítimas para la universalización de una acción concertada. En él se presentan una serie de propuestas que reposan sobre la ineluctabilidad del estar y hacer juntos a escala, además, de una sociedad mundial.
Propuestas que implican dejar atrás la actual ideología del muro derribando primero nuestras fronteras internas para hacer posteriormente lo propio respecto de las externas. Internas en el sentido de sentir el deber personal de ayuda al prójimo, desde la gratuidad, como una obligación incondicional que nos permita dejar atrás el individualismo y la negación sistemática del otro para construir, así, una verdadera sociedad decente donde desarrollarse plenamente y estructurar su coexistencia con los demás. Y externas en el sentido de construir una verdadera ética de la justicia que, desde la reciprocidad, se convierta en el fundamento de la construcción de una sociedad justa provocando así la aparición del Derecho para que, con su actuación, sitúe al deber universal de ayuda (la solidaridad) dentro del ordenamiento jurídico.This thesis analyzes the principle of indivisibility between the universality of rights and duties of the human being appealing to a corollary: the duty of solidarity. We consider the meaning of the notion of solidarity and the double tension in which the concept moves through: the dichotomy between its public/private aspect and its open/closed character. To do that we take into account the existence of two mutually determinant dimensions: one ethical and the other one legal. This allows us to examine the problem of understanding solidarity as a legal value, source of legal duties too, weighing the conexion between dignity, duties and rights.
Firstly, we analyzed the importance of becoming aware of two important things related to human dignity: its universal character and its perception as a shared and inalienable heritage where the other becomes a limit to our own will and a condition of access to our humanity.
Secondly, we analyzed the requirement of recognizing that Law can only work properly if it takes duties into consideration. Universal rights do not work because the universality of the duty is missing. We lack the openness to the other, the solidarity with others. The universality of rights cannot be achieved unless there is an unconditional obligation towards the human being, unless there is a universal duty of solidarity.
And thirdly, it is argued that solidarity must be understood as a value based on rights in an indirect way, because it reaches them through duties. We maintain that only from solidarity behaviors it is possible to argue the existence of positive duties, legal positives duties of solidarity which are necessary to ensure the satisfaction of everyone's basic needs. In fact, it is a question of promoting a reconfiguration of the legal and political system where it is possible to recognize not only the existence but also the legal enforceability and coercive imposition of positive duties of solidarity, whose grounds and content are unequivocally moral and, at the same time, legal.
To contextualize our research, we carry out an anthropological reflection on the reality of contemporary globalized societies from which it can be derived legitimate proposals for the universalization of an action in concert. Our investigation presents several proposals that rely on the ineluctability of being and making together on a global scale. Proposals that involve leaving behind the current ideology of the wall tearing our internal boundarys down to do the same with the external ones afterwards. Internal in the sense of feeling the personal duty of assistance that would go beyond the requirement of reciprocity, since it is based on gratuitousness and on an unconditional obligation which allows us to build a truly honest society. And external in the sense of raising a genuine ethics of justice that, from reciprocity, builds a just society and causes the appearance of Law, and within it, the universal duty of assistance (solidarity).
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