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Tripo, Francesco
Cardona Llorens, Jorge (dir.) Facultat de Dret |
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Aquest document és un/a tesi, creat/da en: 2020 | |
El vínculo entre la propiedad intelectual y el derecho a la salud se ha convertido en un tema de debate central desde la conferencia ministerial de la Organización Mundial del Comercio (OMC) en 2001. En efecto, a pesar del amplio reconocimiento del derecho a la salud en la escena internacional, la cuestión de la protección efectiva y la aplicación del derecho en cuestión es tema de un debate constante. El objetivo de las patentes farmacéuticas, es proporcionar al inventor un conjunto de derechos exclusivos durante un período de tiempo determinado a cambio de la divulgación pública del medicamento recién protegido. El régimen de monopolio establecido conduce a un aumento significativo de los precios de los medicamentos, convirtiéndolos así en bienes de lujo. Esta situación suscita diversas cuestiones sobre la relación entre el derecho a la salud y las patentes de los medicamentos, entre ...
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El vínculo entre la propiedad intelectual y el derecho a la salud se ha convertido en un tema de debate central desde la conferencia ministerial de la Organización Mundial del Comercio (OMC) en 2001. En efecto, a pesar del amplio reconocimiento del derecho a la salud en la escena internacional, la cuestión de la protección efectiva y la aplicación del derecho en cuestión es tema de un debate constante. El objetivo de las patentes farmacéuticas, es proporcionar al inventor un conjunto de derechos exclusivos durante un período de tiempo determinado a cambio de la divulgación pública del medicamento recién protegido. El régimen de monopolio establecido conduce a un aumento significativo de los precios de los medicamentos, convirtiéndolos así en bienes de lujo. Esta situación suscita diversas cuestiones sobre la relación entre el derecho a la salud y las patentes de los medicamentos, entre otros, especialmente en el caso de los países en desarrollo (América Central).Desde el punto de vista jurídico, hay tres esferas principales del derecho internacional que son pertinentes para la cuestión actual: en primer lugar, el acceso a los medicamentos constituye una parte integrante del derecho a la salud, a fin de permitir que todos los seres humanos reciban atención médica, independientemente de su situación económica. Por consiguiente, en los debates actuales se discute si los medicamentos, como bienes esenciales, pueden y deben ser patentables para garantizar el acceso a los medicamentos a la gran mayoría de las personas. Este trabajo comienza, examinando el marco legal relacionado con el derecho a la salud a la luz de los principales tratados internacionales y regionales (PIDESC - Convención Americana sobre Derechos Humanos). El segundo capítulo se centra principalmente en la regulación internacional de la protección de la propiedad intelectual de los productos farmacéuticos de acuerdo con los tratados y la práctica pertinentes. Así, el capítulo ilustra las principales teorías sobre la antinomia normativa entre los tratados y proporciona un análisis del Acuerdo sobre los ADPIC. Se hace hincapié en las llamadas flexibilidades del Acuerdo sobre los ADPIC, así como en una visión general de la subsiguiente Declaración de Doha, ya que ambos marcos son de importancia central para las empresas farmacéuticas. El capítulo concluye con el análisis de la región centroamericana, que tiene como objetivo estudiar cómo los acuerdos comerciales regionales obstaculizan la protección del derecho de acceso a los medicamentos de las partes interesadas. Así pues, se presentan dos estudios de casos para ilustrar casos concretos en los que las denominadas disposiciones ADPIC-Plus han retrasado tanto a Guatemala como a Costa Rica en el cumplimiento adecuado de sus compromisos en materia de derechos humanos. Por último, en el tercer capítulo se aborda un aspecto igualmente valioso de la cuestión que se examina, es decir, la responsabilidad de las empresas farmacéuticas en materia de derechos humanos. Esos agentes económicos, desempeñan un papel fundamental para garantizar la protección del derecho de acceso a los medicamentos, ya que son los titulares y principales defensores de la protección de la propiedad intelectual de los medicamentos. En esta sección se ilustran las teorías más reconocidas sobre la personalidad jurídica internacional de esas entidades económicas peculiares con arreglo a un enfoque deductivo. De hecho, partiendo de un análisis general de las empresas multinacionales, limitando la búsqueda a fin de determinar si las empresas farmacéuticas tienen o no obligaciones en materia de derechos humanos.The bond between intellectual property and the right to health has become an area under discussion of central concern since the debates at the 2001 World Trade Organization (WTO) ministerial conference. Indeed, despite the extensive acknowledgement of the right to health at the international stage, the issue of giving effective protection and implementation of the right at stake, is under a constant debate. The aim of pharmaceutical patents is to provide the inventor with a set of exclusive rights for a determined period of time in exchange for the public disclosure of the newly released drug. The monopoly regime established leads to a significant increase in drugs prices, hence turning medicines into luxury goods. Such a situation triggers a variety of questions on the relationship between the right to health and patents on medicines, inter alia, in the case of developing countries (Central America). From a legal point of view, three major spheres of international law are relevant to the current issue: human rights law, international trade law and international responsibilities of non-State actors. In the first place, access to medicines constitutes an integral part of the right to health, in order to permit all human beings to receive medical care, regardless of their economic status. Accordingly, current debates argue whether drugs, as essential goods, can, and should, be patentable in order to secure access to drugs to the vast majority of people. This work starts by examining the legal framework related to the right to health in the light of the main international and regional treaties (ICESCR-American Convention on Human Rights). The second chapter mainly focuses on the international regulation of intellectual property protection of pharmaceutical products on the grounds of relevant treaties and practice. Thus, the chapter illustrates the main theories regarding normative antinomy between treaties and provides an analysis of the TRIPS Agreement. The emphasis regards the so-called TRIPS’ flexibilities as well as an overview of the subsequent Doha Declaration, both frameworks being of central importance for pharmaceutical companies. The chapter concludes with the analysis of the Central American region, which aims at examining whether the aforementioned CAFTA Agreement hindered the protection of the right to access to medicines for the parties concerned. Two case studies are, thus, provided in order to illustrate concrete instances in which the so-called TRIPS Plus provisions have delayed both Guatemala and Costa Rica in properly fulfilling their human rights undertakings under international law. Lastly, the third and final chapter addresses an equally valuable aspect of the issue under examination, namely the human rights responsibilities of pharmaceutical corporations. Such economic actors play a crucial role in ensuring the protection of the right to access to medicines, since they are the holders, and principal defenders, of IP protection for drugs. This section illustrates the most acknowledged theories on the legal personality of such peculiar economic entities under a deductive approach. In fact, starting from a general analysis of multinational corporations, the chapter narrows it down in order to determine whether or not pharmaceutical corporations are burdened with human rights obligations.
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