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Gracia Pérez, Daniel
Oñate Rubalcaba, Pablo (dir.); Casolari, Federico (dir.) Departament de Dret Internacional "Adolfo Miaja de la Muela" |
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Aquest document és un/a tesi, creat/da en: 2022 | |
La presente tesis tiene como objetivo principal identificar las lagunas que existen en el Derecho Internacional para proteger a las personas medioambientalmente desplazadas.
El objeto de estudio de la investigación viene delimitado por el concepto de disrupción medioambiental, definida como un cambio drástico de origen natural en un ecosistema o en sus utilidades que lo hace, temporal o permanentemente, inhabitable para el ser humano. No se consideran, por tanto, las disrupciones de origen antrópico que pudieran obligar a la población a desplazarse, como la ejecución de un proyecto de desarrollo o los efectos de la guerra o la polución en el medio ambiente. La propia naturaleza de la disrupción medioambiental presupone que este movimiento es forzoso, a fin de garantizar la propia existencia en condiciones dignas, lo que excluye la migración del ámbito de estudio en tanto que movimient...
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La presente tesis tiene como objetivo principal identificar las lagunas que existen en el Derecho Internacional para proteger a las personas medioambientalmente desplazadas.
El objeto de estudio de la investigación viene delimitado por el concepto de disrupción medioambiental, definida como un cambio drástico de origen natural en un ecosistema o en sus utilidades que lo hace, temporal o permanentemente, inhabitable para el ser humano. No se consideran, por tanto, las disrupciones de origen antrópico que pudieran obligar a la población a desplazarse, como la ejecución de un proyecto de desarrollo o los efectos de la guerra o la polución en el medio ambiente. La propia naturaleza de la disrupción medioambiental presupone que este movimiento es forzoso, a fin de garantizar la propia existencia en condiciones dignas, lo que excluye la migración del ámbito de estudio en tanto que movimiento predominantemente voluntario. No obstante, se reconoce que la migración puede ser una estrategia de adaptación útil en contextos de estrés medioambiental. Finalmente, en contra de la tendencia doctrinal a considerar únicamente los desplazamientos medioambientales relacionados con el cambio climático, esta tesis no discrimina entre las causas naturales, climáticas o no, que provocan la disrupción en el medio humano.
La tesis se ha estructurado en tres partes y ocho capítulos. Cada una de las partes ha sido planteada en base a una pregunta o hipótesis de partida inicial, a saber: ¿Existen los desplazamientos medioambientales? ¿Existe una laguna en el ordenamiento jurídico internacional en cuanto a la protección de las personas desplazadas por motivos medioambientales? ¿Puede el Derecho Internacional evitar las causas del desplazamiento medioambiental o, en caso contrario, cómo debería responder para proteger a los desplazados?
La primera parte se corresponde con los Capítulos I y II. En ellos se expone cómo se ha construido la relación entre el factor ambiental y la movilidad humana, así como los datos numéricos sobre la magnitud de los desplazamientos debidos a los desastres naturales. Estos primeros capítulos, que responden a una metodología propia de las ciencias sociales, actúan como presupuesto necesario para el posterior análisis jurídico, demostrando la existencia del objeto del estudio y, por tanto, justificando la procedencia de la investigación.
La segunda parte comprende los Capítulos III a VI. Cada uno de ellos aborda uno de los regímenes jurídicos de protección del Derecho Internacional, analizándose los instrumentos relevantes tanto a nivel universal como regional. Así, el Capítulo III estudia el derecho de los refugiados, examinándose la Convención de Ginebra de 1951 y los marcos regionales correspondientes. El Capítulo IV se centra en analizar la situación hipotética de apátrida en la que quedaría la población de los PEID de escasa elevación como consecuencia de la subida del nivel del mar asociado al cambio climático. Además, se aborda la protección que sobre el terreno el ACNUR ha venido prestando a los desplazados medioambientales. El Capítulo V discute la aplicación del principio de no devolución a las personas medioambientalmente desplazadas que se encuentren irregularmente en el territorio de un tercer Estado. Por último, el Capítulo VI se ocupa del marco normativo de ámbito universal y regional sobre desplazamiento interno.
El examen de lege data de la segunda parte permitirá señalar las debilidades, carencias y limitaciones actuales del ordenamiento jurídico internacional para la protección de las personas desplazadas por motivos ambientales, incluidos aquellos desplazados por los efectos adversos del cambio climático. La corroboración de la existencia de dicha laguna jurídica obliga a preguntarse acerca de la respuesta que debe dar el Derecho Internacional ante ella, lo que constituye el objeto de la tercera parte. El Capítulo VII explora la respuesta preventiva, analizándose el marco internacional sobre cambio climático (CMNUCC) y de gestión del riesgo de desastres (MSRRD), en tanto que causas inmediatas de los desplazamientos. Además, se presta atención a los progresos internacionales en materia de desarrollo sostenible (Agenda 2030), ya que su ausencia actúa como causa subyacente de una mayor vulnerabilidad ante las disrupciones medioambientales y el subsiguiente desplazamiento. Por su parte, el Capítulo VIII considera la respuesta reactiva, comentando el proyecto de artículos de la Universidad de Limoges sobre el estatuto internacional de los desplazados ambientales y comparándolo con otras propuestas normativas de la Academia para la protección de la sub-categoría de los desplazados climáticos.
Por último, quod erat demonstrandum del análisis anterior, se exponen las conclusiones alcanzadas al final de la investigación doctoral.The main objective of this thesis is to identify the gaps existing in International Law to protect environmentally displaced persons.
The object of study of the research is delimited by the concept of environmental disruption, defined as a drastic change of natural origin in an ecosystem or its utilities that makes it temporarily or permanently uninhabitable for humans. Disruptions of anthropogenic origin that might force people to move, such as implementing a development project or the effects of war or pollution on the environment, are therefore not considered. The very nature of environmental disruption presupposes that this movement is forced to ensure one's existence in dignified conditions, which excludes migration from the scope of the study as a predominantly voluntary movement. However, it is recognised that migration can be a sound coping strategy in contexts of environmental stress. Finally, contrary to the doctrinal tendency to consider only environmental displacement related to climate change, this thesis does not discriminate between natural causes, climatic or otherwise, that lead to disruption in the human environment.
The thesis is structured in three parts and eight chapters. Each part builds on an initial question or hypothesis: Does environmental displacement exist? Is there a gap in the international legal system regarding protecting environmentally displaced persons? Can international law prevent the causes of environmental displacement or, if not, how should it respond to protect those displaced?
The first part corresponds to Chapters I and II. It sets out how the relationship between the environmental factor and human mobility has been constructed and the numerical data on the extent of displacement due to natural disasters. These first two chapters, which use a social science methodology, act as a necessary precondition for the subsequent legal analysis, demonstrating the existence of the object of the study and justifying the relevance of the research.
The second part comprises Chapters III to VI. Each chapter deals with one of the legal protection regimes of international law, analysing the relevant instruments at both the universal and regional levels. Thus, Chapter III looks at refugee law, examining the 1951 Geneva Convention and the corresponding regional frameworks. Chapter IV focuses on analysing the hypothetical situation of statelessness in which the population of low-lying SIDS would be left due to rising sea levels associated with climate change. It also discusses the protection that UNHCR has been providing to environmentally displaced persons on the ground. Chapter V discusses the application of the principle of non-refoulement to environmentally displaced persons who are irregularly present on the territory of a third State. Finally, Chapter VI deals with internal displacement's universal and regional normative framework.
The de lege data examination of the second part will allow identifying the current weaknesses, shortcomings and limitations of the international legal system for protecting environmentally displaced persons, including those related to climate change. The corroboration of this legal gap raises the question of how International Law should respond to it, which is the subject of Part Three. Chapter VII explores the preventive response, analysing the international framework on climate change (UNFCCC) and disaster risk management (SFDRR) as immediate causes of displacement. In addition, attention is given to international progress on sustainable development (Agenda 2030), as the lack of it acts as an underlying cause of increased vulnerability to environmental disruption and subsequent displacement. Chapter VIII considers the reactive response, commenting on the University of Limoges' draft articles on the international status of environmentally displaced persons and comparing it with other normative proposals from the Academy for protecting the sub-category of climate displaced persons.
Finally, quod erat demonstrandum of the above analysis, the conclusions reached at the end of the doctoral research are set out.
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