El deber de proporcionar dispositivos GPS en el contrato de seguro para vehículos motorizados en el ordenamiento jurídico chileno
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Isler Soto, Erika Marlene
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Aquest document és un/a article, creat/da en: 2022
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El presente trabajo niega que el deber del asegurador de proporcionar un dispositivo de seguridad GPS en los seguros para vehículos motorizados, tenga un carácter de subsidiario. Al contrario, se defiende el carácter autónomo y primario de tal imperativo, por lo que no se exige el requerimiento del consumidor para que se active. Adicionalmente, el deber de entrega rige para todo tipo de vehículos motorizados y con independencia de si el contrato se celebró antes o después de la entrada en vigencia de la ley que incorporó el deber al ordenamiento jurídico chileno. |
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