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TThe purpose of this paper is to analyze the tort liability of the Land Registrar in our legal system, specifically, in the cases in which prohibitions to dispose are established. In particular, on the occasion of the prohibitions that access the Land Registry, there are several paradigms in the praxis in which prohibitions to dispose have been validly constituted, but nevertheless, due to a negligent or erroneous conduct of the Registrar, they do not appear in the registry folios or their content is transmitted in an inaccurate or erroneous manner. In other words, the purpose and effects of the prohibition are altered as a consequence of its non-registration. Evidently, these situations subsequently cause a series of damages to the transferor and acquirer of the encumbered property. This obliges us to place special emphasis on articles 296 and following. LH which regulate the responsibility of the Registrars and relate it to arts.26 and 27 LH which allow the access of the prohibitions to the Registry. With regard to this, in the present study we develop its incidence through a series of cases that have been dealt with by the jurisprudence, in order to subsequently, after relating the registry regime with that of the tort liability of art.1902 CC. determine or not the liability of this professional, as well as other questions that derive from it. Once this outline has been developed, we draw a series of conclusions by way of recapitulation.; El objeto del presente trabajo trata de analizar la responsabilidad civil extracontractual del Registrador de la Propiedad en nuestro ordenamiento, concretamente, en los supuestos en los que se encuentran instauradas prohibiciones de disponer. En particular, con ocasión de las prohibiciones que acceden al Registro de la Propiedad, existen diversos paradigmas en la praxis en los cuales se han constituido prohibiciones de disponer válidamente, pero sin embargo debido a una conducta negligente o errónea del Registrador no constan en los folios registrales, o bien, se transmite su contenido de forma inexacta u errónea. Es decir, consta la inscripción del negocio jurídico, pero no la prohibición en la que se contiene por lo que la finalidad y los efectos de la prohibición se ven alterados como consecuencia de ello. Evidentemente, estas situaciones irrogan ulteriormente una serie de perjuicios en el transmitente y adquirente del bien gravado. Ello nos obliga a poner especial énfasis en los arts.296 y ss. LH que regulan la responsabilidad de los Registradores y relacionarlo con los arts.26 y 27 LH, los cuales permiten el acceso de las prohibiciones al Registro. A propósito de esta circunstancia, en el presente estudio desarrollamos su incidencia a través de una serie de supuestos que han sido abordados por la jurisprudencia, para posteriormente tras relacionar el régimen de responsabilidad previsto en la LH con el de la responsabilidad civil extracontractual del art.1902 CC., determinar o no la responsabilidad de este profesional, así como otras cuestiones que se suscitan. Desarrollado este esquema, realizamos una serie de conclusiones a modo de recapitulación.
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