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Aparte de la imposición sobre los bienes y servicios de carácter general (Impuesto sobre el Valor Añadido, Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, etc.), la imposición rela-cionada con el automóvil descansa en tres grandes figuras: el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (en adelantes, IEDMT); los impuestos sobre Hi-drocarburos (el Impuesto Especial sobre Hidrocarburos y el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos); y el Impuesto sobre Vehículos de Trac-ción Mecánica (en adelante, IVTM). En este ámbito las Comunidades Autónomas ob-tienen la mayor parte de la recaudación (la totalidad del IEDMT y una gran parte de la imposición derivada de hidrocarburos), seguidas por el Estado (resto de la recaudación de los hidrocarburos) y por último, y a mucha distancia, las Corporaciones Locales (el IVTM). Por lo tanto, vaya por delante el limitado alcance de una reforma ambiental en la imposición local relacionada con el automóvil.
¿A qué nos referimos cuando decimos que hay que dotar de carácter ambiental a un impuesto? Se trata de intentar influir en las decisiones de los generadores de efectos externos negativos (en el caso del automóvil, sus conductores). Para que un vehículo circule por la vía pública, y contamine, su propietario debe haber tomado dos decisiones de importancia:
• Adquisición de un vehículo. Se puede tratar de desincentivar este acto o al me-nos incentivar que el vehículo sea poco contaminante. A ello contribuye, con bastante precisión, el actual IEDMT, aunque podría mejorarse (Fuenmayor, 2009).
• Utilización del vehículo. A este respecto, los impuestos sobre hidrocarburos tie-nen una relación directa con esta utilización. Existe una amplia controversia so-bre la capacidad del impuesto en influir en la decisión de usar el vehículo. Es posible que la elasticidad precio sea baja o muy baja, pero por definición debe existir.
El caso es que el tercer impuesto, el IVTM tiene una capacidad ambiental mucho más débil, ya que está situado en un punto alejado en el tiempo de las decisiones importantes (la decisión de adquisición del vehículo y su capacidad contaminante) o no depende de ellas (como veremos el IVTM no depende del uso del vehículo, sino simplemente de la tenencia).
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