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La tesis doctoral analiza las prácticas comerciales agresivas desde el Derecho de la competencia desleal. Sin embargo, admitida la idea de que se trata de un fenómeno que puede ser estudiado desde distintas perspectivas, el trabajo también incide en el impacto que puede tener esta forma de condicionamiento a la que somete el empresario al consumidor en otras ramas del Derecho, como el Derecho de obligaciones y contratos y el Derecho antitrust. La tesis doctoral aparece dividida en cuatro capítulos. En el primer capítulo se aborda el análisis de las prácticas agresivas como comportamientos desleales desde sus inicios, cuando no había un reconocimiento expreso a su deslealtad y su reproche debía buscarse por cauces alternativos. El segundo capítulo se ocupa de manera individualizada del estudio de los elementos que configuran el régimen comunitario y, por ende, español, de las prácticas agresivas como comportamientos desleales. En este capítulo se incide en los elementos de acoso, coacción e influencia indebida, que son los que integran el concepto de práctica agresiva desleal y se exponen cuáles son los caracteres particulares que conforman su naturaleza jurídica. Este capítulo también constituye una oportunidad para reflexionar sobre la eficiencia del actual modelo español contra la competencia desleal. Sobre la base de esta reflexión, se desarrollan los capítulos posteriores dedicados a estudiar la conveniencia de seguir un modelo público o privado para reprimir las prácticas desleales. El Capítulo Tercero repasa las ventajas e inconvenientes que les pueden reportar a los consumidores los mecanismos de Derecho privado. En este capítulo también se ha relacionado el régimen de prácticas agresivas del Derecho de la competencia desleal con el régimen de vicios del consentimiento del Código Civil, en especial, la violencia y la intimidación como vicio del consentimiento. Por último, el Capítulo Cuarto aborda las prácticas agresivas desde el punto de vista del Derecho de defensa de la competencia, y en él se reflexiona sobre la posibilidad de perseguir determinadas prácticas agresivas a través del art. 3 de la Ley de Defensa de la Competencia.
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