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El orden público es una de las instituciones más conocidas e importantes del Derecho internacional privado. Puede encontrarse como motivo de denegación de reconocimiento y ejecución en varios Reglamentos europeos, entre otros en el Reglamento (UE) 2016/1103 del Consejo, de 24 de junio de 2016, por el que se establece una cooperación reforzada en el ámbito de la competencia, la ley aplicable y el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones en materia de regímenes económico matrimoniales, y en el Reglamento (UE) 2016/1104 del Consejo, de 24 de junio de 2016, por el que se establece una cooperación reforzada en el ámbito de la competencia, la ley aplicable y el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones en materia de efectos patrimoniales de las uniones registradas, denominados conjuntamente ?Reglamentos Gemelos?. En concreto, ambos determinan que no se reconocerá una resolución si dicho reconocimiento es manifiestamente contrario al orden público del Estado miembro en el que se solicita el reconocimiento. El artículo estudia las características de los motivos de orden público y hace hincapié en los problemas relacionados que son específicos en el contexto de los ?Reglamentos Gemelos?.
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